La persona aspirante podrá solicitar la habilitación de cuenta cuando se encuentre en alguno de los siguientes casos:
CASO 1: No se presentó a rendir el Examen Ser Bachiller, y ya cumplió con la penalidad de no participación en un periodo de admisión.
CASO 2: No usó el cupo que obtuvo en periodos anteriores, y ya cumplió con la penalidad de no participación en un periodo de admisión.
CASO 3: Obtuvo un cupo en una institución de educación superior particular y no aprobó el proceso propio de admisión de la misma.
CASO 4: Obtuvo un cupo en la Universidad de las Artes o en alguno de los conservatorios superiores e institutos superior públicos de artes, y no aprobó el examen de suficiencia.
CASO 5: Obtuvo un cupo, la carrera no se abrió y no aceptó la reubicación en otra.
CASO 6: Obtuvo un cupo y agotó las posibilidades de matrícula en la misma carrera o materia. Existe impedimento académico.
NOTA: En caso de obtener un cupo, la nueva carrera no será gratuita.
CASO 7: Obtuvo un cupo y desea cursar una segunda carrera.
NOTA: En caso de que obtenga un cupo la carrera ya no será gratuita.
CASO 8: Aprobó la nivelación de carrera, no se matriculó en el primer nivel en el período inmediato siguiente a la aprobación, y la institución de educación superior no aceptó su matrícula en períodos posteriores.
CASO 9: Agotó el número máximo de matrículas permitido en el curso de nivelación de carrera.